Objetivo: Garantizar el derecho al descanso, la salud y el bienestar mediante el control de la contaminación acústica y lumínica, conforme al mandato constitucional y las recomendaciones de la OMS. Búsqueda de fórmulas que concilien diversión y ocio con derechos protegidos como la salud y el descanso.
Incumplimiento de la normativa vigente de respeto a los horarios de descanso.
Motos y vehículos con acelerones, velocidad excesiva, escapes modificados, etc.
Iluminación pública excesiva o mal dirigida y contaminación lumínica intrusiva en las viviendas.
Campanadas horarias innecesarias.
Propuestas:
Regulación y control efectivo de ruidos procedentes de espacios públicos próximos a viviendas, especialmente durante el horario nocturno.
Establecimiento de mecanismos de control y sanción a vehículos que superen los niveles acústicos permitidos, especialmente aquellos con escapes modificados o comportamiento incívico
Implementación de campañas de concienciación sobre el ruido y el respeto al descanso de vecinos, así como su impacto sobre animales de compañía y fauna nocturna
Instalación de cartelería informativa y pedagógica que, apelando a la responsabilidad colectiva, recuerde la necesidad de mantener un nivel bajo de ruido entre las 23:00 y las 8:00 horas, para garantizar el descanso de los demás.
Aplicar medidas de control sobre horarios e intensidad lumínica según la normativa vigente y un estudio para reducir tiempos de encendido e instalación de farolas no intrusivas cuya luz no alcance primeras plantas de las viviendas.
Control de espacios públicos deportivos o de ocio que estén incumpliendo la normativa de contaminación lumínica, en base al Decreto 37/2025, así como la sustitución progresiva de luminarias de bajo impacto ambiental.
Redacción, aprobación e implementación de una nueva Ordenanza Municipal sobre Contaminación Acústica y Lumínica, que establezca claramente, entre otros, los horarios de descanso nocturno, límites de emisión sonora y de la música amplificada en bares y terrazas, mecanismos de control y régimen sancionador, etc.
Suprimir los toques horarios de la campana de la iglesia, por carecer de funcionalidad pública e interferir con el derecho al descanso, en coherencia con la jurisprudencia del Tribunal Supremo (que considera el descanso como un derecho protegido)
Creación de una Comisión Mixta sobre Contaminación Acústica y Lumínica (Ayuntamiento-Asociación Vecinal) con el objetivo de analizar, concretar y hacer un seguimiento de los problemas y medidas de contaminación acústica y lumínica en San José y El Pozo de los Frailes.